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Requisitos para pertenecer al COMITÉ DE VIGILANCIA

En Cdmx , La Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles difundida por la PROSOC establece que quien pretenda formar parte de un Comité de Vigilancia debe ser, en principio, dueño de una unidad de propiedad exclusiva o, en su defecto, tener a su cargo la representatividad legal del mismo.


De igual modo, exige que él o la aspirante esté al día en cuanto al pago de cuotas por concepto de administración y mantenimiento, así como en otras aportaciones referidas a la manutención y resguardo del condominio del que forma parte.


Luego de establecerse en el cargo, todos los miembros del Comité de Vigilancia de un condominio tienen la obligación de asistir, por lo menos una vez al año, a los cursos de capacitación y actualización que ofrece la procuraduría.

Hoy en día, gracias a la tecnología ya existen plataformas digitales que facilitan la administración de condominios y edificios, apoyando tanto la labor del administrador como del comité de vigilancia al tener todo los documentos visibles a la orden del día.


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