¿Cómo Consignar las Cuotas de Mantenimiento?
- Ajarvi Facilities Management
- 20 jul 2023
- 1 Min. de lectura

¿No estás de acuerdo con el actuar de tu administrador, no sabes si esta registrado ante la PROSOC, hay muchas ilegalidades en tu fraccionamiento, tu administrador es un prepotente que se cree dueño del edificio?
Muchos vecinos se ven rebasados por este panorama; en muchas ocasiones y ante la impotencia de no saber como proceder, deciden dejar de pagar sus cuotas y se coinvierten en morosos. Esto no sólo no ayuda a resolver el problema de fondo sino que los deja sin voto en las Asambleas para exigir el cumplimiento de las obligaciones del Administrador, incluso para optar por su remoción.
Por ello, y para evitar esto, la Ley de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el D.F. dispone en su artículo 59 que "no serán morosos los condóminos o poseedores que consignen sus cuotas de mantenimiento o reserva que se hayan acordado en una asamblea de condóminos, en la Dirección General de Consignaciones del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, y se haya notificado por escrito al Administrador".
Tú consignación es un trámite que debes realizar mediante la compra un billete de depósito en BANSEFI (ahora Banco del Bienestar) por la cantidad que desees consignar que deberás ingresar ante el Tribunal Superior de Justicia acompañado por un escrito donde se especifique el motivo por el cual consignas tus cuotas y señalar los periodos a pagar.
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